miércoles, 19 de diciembre de 2007

De nuevo, no a los parques eólicos en Trafalgar

Tras una primera lectura del Informe de Sostenibilidad Ambiental y el Estudio Estratégico Ambiental del litoral españolpara la instalación de parques eólicos marinos, seguimos manifestando nuestra negativa a la instalación de los citados parques eólicos en nuestra costa. Aunque muchas de las razones del rechazo ya se han explicado en repetidas ocasiones, los referidos documentos presentados por el Ministerio de Industria y el de Medioambiente, han confirmado y ampliado los motivos de la negativa. El referido estudio establece en nuestra costa: zonas de exclusión de parques eólicos, zonas aptas y zonas con limitaciones o con condicionantes medioambientales. La zona apta se dispone alejada de la línea de costa (al parecer 30-40 millas), la zona de exclusión se distribuye por casi toda la costa y las zonas con condicionante o limitaciones corresponde con zonas de la costa de trafalgar y aunque alejado frente a Cabo Roche. Curiosamente estas zonas con condicionantes coinciden con las zonas donde antes del Real Decreto de 20 de Julio sobre la regulación del procedimiento de instalaciones eléctricas en el mar, varias empresas eléctricas habían presentado proyectos para instalar parques eólicos.

Las zonas excluidas lo han sido por una serie de factores, que al final hacen inviable la instalación de parques eólicos marinos, entre ellos los recursos y actividades pesqueras, la instalación de artes de pesca fijas (almadrabas), banda litoral con dinámica de playa activa, zona de extracción de áridos (banco de arena del Placer de Meca), batimetría, biodiversidad y áreas protegidas, seguridad ambiental ( zona de paso del Estrecho), etc. lo curioso es que todas estas razones y algunas más se toman en consideración para elegir las zonas con limitaciones o condicionadas. Lo lógico es que estuvieran clasificadas como no aptas. ¿Por qué teniendo la misma evaluación medioambiental un trozo de mar del mismo litoral se considere no apto para la instalación de parques eólicos y otro trozo si es apto con condiciones? ¿Será consecuencia de la aplicación de la Disposición Transitoria única del Decreto 1028/2007 que regula los parques eolicos marinos que dice aquellos promotores que, a la entrada en vigor del presente Real Decreto, hubieran iniciado cualquier trámite administrativo encaminado a la construcción de un parque eólico marino (…), dispondrá de 2 meses para ratificarse y complementar su solicitud para adecuarse al mismo? ¿Se ha declarado zona condicionada nuestra costa porque existen empresas eléctricas multinacionales que se han ratificado en instalarse en la zona y han ‘condicionado’ la independencia del Informe de Sostenibilidad y el Estudio Estratégico Ambiental? Estas preguntas se merecen una clara contestación desde lo público, para la tranquilidad de los ciudadanos de la Comarca de La Janda, que ven cómo no se ha tenido en consideración la opinión de los Plenos de los Ayuntamientos de Conil, Vejer y Barbate, además del de la Diputación Provincial.

Por otro lado, es de destacar el silencio de algunas consejerías de la Junta de Andalucía, por lo menos hasta el 30 de Noviembre, en las consultas realizadas por el Ministerio de Medioambiente, solo contestando la Consejería de Cultura y no la de Agricultura y Pesca ni la de Medioambiente, contestando sus homologas de otras muchas comunidades autónomas.

La energía eólica es limpia y renovable, pero su instalación esta provocando muchos rechazos por la ubicación elegida. La mayoría de los ciudadanos de la Comarca de La Janda seguimos pensando que no se deben instalar parques eólicos frente a la Costa de Trafalgar (términos municipales de Conil, Vejer y Barbate) y vamos a luchar porque así sea.